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No va a tener la cuenta de revisión la actualización anual de sus programas de actuación.

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No va a tener la cuenta de revisión la actualización anual de sus programas de actuación. Las Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales van a tener la consideración de entidades de herramienta pública, con personalidad jurídica propia y no lucrativo. B) Colaborar en las labores de supervisión y detección de incendios. F) Realizar los trabajos de restauración que les correspondan en los montes de su titularidad que administran. El Plan INFOEX vigente a la entrada en vigor de la presente Ley, resultará de aplicación mientras no se proceda a la aprobación de un nuevo Plan de Pelea contra Incendios Forestales de Extremadura ceñido a las previsiones de la presente Ley.

Administración titular con sus medios o en colaboración con la Consejería de Medio Ámbito. La autorización para la retirada de ejemplares arbóreos afectados por el fuego va a deber solicitarse previamente a la presentación del Plan de Restauración. Artículo 40. Aprovechamientos en áreas incendiadas. Restauración a la Consejería de Medio Ámbito, a los efectos previstos en el producto 51.3 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales. D) Análisis de su incidencia en relación con la producción forestal, la conservación de la flora, la fauna, los suelos y los ecosistemas.

La planificaci�n se realiza a trav�s de 2 clases de instrumentos dedicados, respectivamente, a la prevenci�n y a la pelea contra los incendios forestales, no s�lo con objetivos distintos, sino con empleo de metodolog�a y recursos precisamente diferenciados. En lo que se refiere a la primera, y partiendo de la conveniencia de que permanezca un instrumento integrador, la prevenci�n de incendios se planifica a trav�s de los Planes de Ordenaci�n de los Recursos Naturales previstos en la Ley Forestal de Andaluc�a. Como medio para concretar esta planificaci�n en cada monte, se prev� la incorporaci�n de previsiones de gesti�n preventiva de incendios en los instrumentos de ordenaci�n o gesti�n forestal que ya están, tales como Proyectos de Ordenaci�n y Proyectos T�cnicos, y en defecto de los mismos, la elaboraci�n de Proyectos de Prevenci�n de Incendios Forestales. La práctica de la quema prescrita o dominada (donde las autoridades prenden fuego intencionadamente a determinadas zonas para remover el material que ayuda a los incendios forestales intensos y de extendida duración) asimismo puede introducir humo que los residentes a sotavento deberán gestionar. El humo de los incendios forestales y sus componentes se han relacionado con enfermedades respiratorias, cáncer, bajo peso al nacer, partos prematuros, trastornos cognitivos y otros problemas médicos.

11. La entidad gestora del Banco de Tierras de Galicia o la administración que haya asumido esos costos a cargo de su presupuesto va a tener la condición de beneficiaria de la expropiación forzosa y compensará, en el instante del abono del justiprecio expropiatorio, las cantidades adeudadas por la persona propietaria por este término, siempre y cuando no hayan prescrito los que corresponden derechos de cobranza en pos de la Hacienda pública. En caso de que la beneficiaria de la expropiación fuera la Administración local, podrá ceder esos terrenos al Banco de Tierras de Galicia. Si la ejecución subsidiaria incluye la retirada de especies arbóreas prohibidas, se va a dar traslado de la resolución en la que se acuerde esa ejecución subsidiaria al órgano competente para la incoación del correspondiente trámite sancionador, el cual va a deber seguir inmediatamente a la adopción del acuerdo de incoación del expediente sancionador y de la medida cautelar de decomiso de las indicadas especies. El destino de las especies objeto de decomiso va a ser su enajenación, la que será realizada, en los términos regulados en esta ley, por la administración que haya realizado la ejecución subsidiaria. Atendiendo a las pretensiones de prevención y lucha contra los incendios forestales, podrán incluirse en el convenio de colaboración, de manera complementaria y a cargo de las aportaciones realizadas por la Administración autonómica, actuaciones de ejecución subsidiarias de su rivalidad.

Se excluye de lo preparado en los números precedentes la realización de contrafuegos a lo largo de las acciones de extinción contra los incendios forestales. Se exceptúa de lo preparado en el apartado a) del número 1 y en el número previo la confección de alimentos en espacios no incluidos en zonas de alto peligro de incendio siempre que sea efectuada en las áreas expresamente previstas al efecto, como son las áreas recreativas y otras cuando estén adecuadamente identificadas y cuenten con infraestructuras apropiadas a tal fin. C) A los medios de prevención, vigilancia, detección y extinción de los incendios forestales. La entidad de gestión va a tener naturaleza administrativa con personalidad jurídica propia y capacidad para el cumplimiento de sus objetivos. Un gerente de la consejería competente en materia forestal formará parte del órgano rector de la entidad de gestión, siendo designado en el acuerdo de aprobación definitivo del proyecto de ordenación. Recibida la documentación, la consejería competente en materia forestal procederá a publicar el acuerdo en el Períodico Oficial de Galicia y en uno de los diarios de mayor difusión de la región perjudicada, sometiéndolo a información pública por un plazo no inferior a veinte días hábiles.

La Xunta de Galicia cooperará con las entidades locales para la prevención y extinción de incendios, bien mediante medios propios bien a través de mecanismos de apoyo económico. 3) El incumplimiento de las medidas de prevención para las novedosas edificaciones en zonas forestales y de influencia forestal, en los términos del producto nr 23 brigada de Incendio.2. Véase, en cuanto a la repercusión de los gastos de extinción de los incendios forestales, la predisposición transitoria 3.1 de la citada ley. En caso de que el índice de peligro períodico de incendio forestal sea radical, el ayuntamiento no va a poder autorizar la utilización de artefactos que lleven aparejado el uso del fuego, fuegos de artificio, globos y artefactos pirotécnicos.

Art�trasero diez redactado�por el apartado 2 del art�trasero 1 del D.-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en materia de urgencias y gesti�n, prevenci�n y extinci�n de incendios forestales y se autoriza la creaci�n de la Agencia de Seguridad y Gesti�n Integral de Urgencias de Andaluc�a (BOJA 11 abril). N�mero 2 del art�culo 6 redactado por el apartado uno del art�culo 1 del D.-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en temas de emergencias y gesti�n, prevenci�n y extinci�n de incendios forestales y se autoriza la creaci�n de la Agencia de Seguridad y Gesti�n Integral de Emergencias de Andaluc�a (BOJA 11 abril). El Gobierno ha aprobado este martes el plan de actuaciones de prevención y lucha contra los incendios forestales para 2023, una nueva campaña donde la Dirección General de Protección Civil y Urgencias del Ministerio del Interior regulará la administración de los medios con los que la Administración General del Estado apoya los dispositivos autonómicos de lucha contra el fuego. La pelea contra los incendios forestales viene regulada en el Título IV, estructurado en 2 capítulos dedicados respectivamente a la planificación y a la extinción, donde se contempla la colaboración de los particulares, la utilización de sus recursos y el acceso a sus terrenos. Del mismo plazo de un año dispone todo dueño o titular de derechos reales o personales de uso y disfrute de terrenos forestales que no cuente con instrumentos de ordenación del mismo para elaborar el Plan de Prevención de Incendios sosprechado en el artículo 24 de la presente Ley. Detectado un incendio forestal, la gente, entidades y Gestiones implicadas, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales, adoptarán de manera inmediata las medidas previstas al efecto y van a poner en marcha los métodos recogidos en los Planes de Emergencia por Incendios Forestales y los Planes de Autoprotección por Incendios Forestales.

"Nuestra orientación común es ingresar en el hogar y cerrar puertas y ventanas. Para las personas que no tienen aire acondicionado, eso podría ser bastante caliente", ha dicho Holder. "Ingresar, tener una ventana abierta y arrancar un purificador de aire sería una solución para eso, o ir a un espacio que tenga aire limpio y aire fresco". Conforme se calientan los meses de verano, incrementa la oportunidad de que se generen mucho más incendios. Ahora te explicamos todo lo que tienes que saber a la hora de encararte a una columna de humo.

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